miércoles, 22 de octubre de 2008

Proyecto de ley: RÉGIMEN FEDERAL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

Ley de Agroquímicos
Texto aprobado por el Senado de la Nación

EXPEDIENTE 1824/05

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2006.

CD-350/06

Ingresado a Mesa de Entrada de Diputados el 27/12/06 según expediente S/287/06

Al señor Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme al señor Presidente, a fin de comunicarle que el Honorable Senado, en la fecha, ha sancionado el siguiente proyecto de ley que paso en revisión a esa Honorable Cámara:

“EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS, etc.

RÉGIMEN FEDERAL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS

Capítulo I
Objetivos, ámbito de aplicación

ARTICULO 1º.- La presente ley establece el marco legal aplicable en todo el territorio de la República Argentina para el registro y control de los productos fitosanitarios empleados para la protección, crecimiento y desarrollo de los cultivos en las etapas de producción, registro, comercialización, uso y/o disposición final. Asimismo, estipula pautas para orientar su uso y manejo correctos en orden a prevenir y minimizar daños a la salud y el ambiente en las condiciones autorizadas, asegurar la trazabilidad de dichos productos y facilitar su comercio.
Las disposiciones de esta ley se encuentran comprendidas entre las facultades otorgadas por el artículo 75, inciso 13 de la Constitución Nacional, por lo que serán obligatorias para todos los productos fitosanitarios que se importen o se exporten y para aquellos que se comercialicen en más de una jurisdicción, requiriéndose en todos los casos el certificado de registro conforme artículos 4°, 5° y concordantes de esta ley.
ARTICULO 2º.- La importación, exportación, fabricación, formulación, fraccionamiento, almacenamiento, envasado, rotulado, traslado, registro, comercialización, entrega gratuita, uso, prescripción, aplicación y locación de aplicación, disposición final y toda otra operación que implique el manejo de productos fitosanitarios destinados a la producción agrícola y agroindustrial, al cuidado perihogareño y de áreas de esparcimiento, realizadas por personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, en todo el territorio de la República Argentina, quedarán sujetas a las disposiciones de la presente ley.


sábado, 4 de octubre de 2008

Informe "Glisofato y Transgénicos, el caso argentino y las consecuencias sobre la salud"

En el marco de las actividades que el Observatorio de las Empresas Transnacionales (OET) viene realizando, en esta ocasión les estamos enviando un Informe sobre el sector agrario; ¨Glisofato y Transgénicos, el caso argentino y las consecuencias sobre la salud¨,  un documento de investigación sobre una gravísima problemática de la cual no hay difundida mucha información.

En el trabajo se plantean algunos ejes fundamentales como la relación transgénicos y glifosato (herbicida producido por la transnacional Monsanto), la expansión de los transgénicos, la seguridad del consumo de transgénicos, especialmente la soja y la localización en el territorio argentino de los casos de daños a la salud por uso de glifosato.

FOCO - Foro Ciudadano de Participación por la Justicia y los Derechos Humanos

Informe "Glisofato y Transgénicos, el caso argentino y las consecuencias sobre la salud"
(archivo pdf)